En un balance preliminar el día de ayer hasta las 09:00 hrs Am, carabineros de Porvenir ya había entregado más de 20 permisos presenciales para casos que no están especificados dentro de las autorizaciones que entrega comisaría virtual, para circular en la comuna en cuarentena.
Estos permisos contempla por ejemplo casos de personas que deben entregar alimento a mascotas, aves, o animales, los cuales las personas tienen en sus parcelas de agrado en la comuna, y que deben alimentar en tiempos de confinamiento, es así como carabineros les extiende un permiso especial y específico para realizar dicha labor en el sector rural que especifique el interesado, autorización que contemplará además el retorno a sus viviendas en el sector urbano.
Otro de los casos que se han presentado son: ir a entregar alimento, abrigo, agua o leña a personas solas que viven alejadas del sector urbano y que no son precisamente familiares directos de la persona ya que ésta no cuenta con una red de ayuda familiar.
De esta manera cualquier caso especial de vital importancia que no esté contemplado dentro de las autorizaciones de comisaría virtual, deben ser solicitadas de manera presencial en la Tercera comisaría de Porvenir, quienes evalúan el caso y lo autorizan si este es esencial y/o vital según corresponda.
Dos detenidos por infringir cuarentena total en Porvenir:
En otro ámbito Carabineros de la tercera comisaría de la capital provincial informa de la detención de dos personas, las cuales fueron sorprendidas desplazándose en la vía pública sin el salvoconducto para realizar dicho acto.
Estas personas fueron informadas y notificadas al fiscal pertinente y luego fueron dejadas en libertad a la espera de citación por parte de la fiscalía local, exponiéndose a multas de entre 300 mil y 50 millones de pesos por infringir el artículo 318 del código penal el cual señala que “el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales”.