La Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, integrada por los Magistrados don Guillermo Cádiz Vatcky, presidente, José Octavio Flores Vásquez y Palmira Muñoz Leiva, absolvió a Diego Muñoz Peña del cargo que le fuera formulado de ser autor de un delito de hurto del artículo 446 N° 2 del Código Penal.
El tribunal estimó que el mérito de la prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba, incorporada al juicio por el ministerio público, no fue de una entidad suficiente para superar el estándar de certeza, esto es, más allá de toda duda razonable, de ocurrencia del hecho punible en los términos que se planteó en la acusación; así como tampoco la participación culpable que en ello le correspondió al acusado.
Luego de conocerse el veredicto el defensor público, Juan Carlos Rebolledo, señaló que se acusaba a su representado que la madrugada del 16 de noviembre del año 2017 habría sustraído un automóvil desde en el frente de una casa en Porvenir.
“La defensa planteó en el juicio que él no había sido, porque se señalaba que se había utilizado una llave para hacer contacto en el vehículo y la única persona que tenía llave era la misma denunciante”, explicó el defensor público.
Agrega que se trató de incriminar a su representado para proteger al verdadero autor del hecho. “Logramos demostrar en el juicio las versiones oscilantes de la denunciante para inculpar a mi defendido, las que resultaron poco creíbles para el tribunal y absolvió de manera unánime a mí representado”, señaló el Defensor Rebolledo.
Fuente: Radio Polar