


“Las irregularidades involucrarían a un funcionario del destacamento Caupolican y su esposa”.
En trabajo conjunto entre inspectores municipales y el Servicio de salud de Porvenir quienes están realizando por estos días una revisión de todos los locales de hospedaje y hotelería para garantizar la seguridad de turistas y trabajadores tanto extranjeros como de quienes llegan en busca de mejoras en su calidad de vida de diferentes regiones y lugares del país a la comuna y de esa manera lograr una atención óptima y segura para la población flotante, es que llegaron ambos entes públicos a calle Santos Mardones #318 a inspeccionar un local que estaría ofreciendo arriendos diarios y mensuales a través de grupos de Whatsapp y Facebook, fue en ese momento que al llegar al lugar de la dirección antes mencionada se entrevistan con quien sería la administradora del recinto identificada como E.P.F.S de 36 años quien sería la titular del arriendo del inmueble. Los fiscalizadores al solicitar la documentación del local ella dice que sólo habita ella en el lugar y que las demás personas que se encontraban en el lugar las tenía viviendo como amigos, los inspectores al ver que todas las puertas estaban enumeradas y que su respuesta no era satisfactoria le solicitan abrir todas las habitaciones para su inspección encontrándose que las más de 14 habitaciones existentes en el lugar estaban equipadas y ocupadas por diferentes personas dando cuenta clara a los entes fiscalizadores de que el lugar estaba siendo trabajado como hostal de arriendo diario y mensual. Fue entonces que los inspectores de salud revisaron lo correspondiente a su área encontrándose en funcionamiento con una cocina para manipulación de alimentos de los habitantes del lugar que no contaba con las medidas de higiene y seguridad para operar, además según su dirección establecida hoy tampoco cuenta con una resolución sanitaria que permita hacerlo por lo cual los inspectores decidieron enviar a sumario sanitario a dicho local que se encuentra en funcionamiento sin ningún tipo de autorización por parte del ente sanitario.
Por su parte los inspectores municipales una vez que comprobaron que el local se encontraba operando en el rubro según estipulan por más de 5 meses ya en la comuna, y tras el intento fallido por parte de la administradora de engañarlos en su labor, proceden a sancionar a la administradora del recinto con una citación (parte) al Juzgado de policía local bajo apercibimiento de proceder en su rebeldía en cometer infracción al art. 23 ley de rentas Sin patente municipal infracción bajo el artículo 145 y 116 ley general de urbanismo y construcción. Además se solicita dentro de los plazos legales regularizar su situación lo cual tenía fecha de vencimiento el día 23 de Julio a lo cual dicha administradora amonestada hizo caso omiso y hasta el momento de cierre de esta nota no se había entregado lo solicitado al departamento municipal correspondiente.
Fiscalizadores municipales comenzaron a ver la situación en la cual se encuentra legalmente el inmueble y según sus registros en su departamento de obras sólo existe una regularización por la ley del mono de un inmueble de una sola planta de 10 X 20 de fondo tipo Galpón Quincho no habitable, por lo que el lugar no cuenta con autorización legal como vivienda ni menos como local comercial que albergue a personas ya que se arriesga la vida de quienes habitan el inmueble porque no existe registro de instaladores autorizados de suministros básicos por lo cual no cuenta con ningún sello legal.
El galpón que existe regularizado según informe existente en el departamento de obras municipal al momento, da cuenta de un inmueble de una sola planta no habitable con una fachada absolutamente diferente a la existente al día de hoy y fue brindada bajo la ley 19.583 – 19.697 ley del mono con fecha Marzo del 2001. Ademas una resolución sanitaria para un quincho pequeño y brindado en su momento como anexo a la dirección que hoy tiene el inmueble.
Según los antecedentes existentes el recinto fue arrendado a su propietario sólo para fines comerciales estando como arrendador principal su administradora anteriormente mencionada doña E.P.F.S quedando como codeudor solidario y garantía personal de fiel cumplimiento de contrato el funcionario del destacamento Caupolicán identificado como H.J.P.C quien establece domicilio en su firma de contrato de arrendamiento en calle Manuel Torres y quien sería el esposo de la administradora del recinto en funcionamiento ilegal según constataron los entes fiscalizadores.
Una de las acciones que comprueban lo sancionado por los fiscalizadores es una factura emitida por un tercero por más de 2 millones de pesos por servicio de pensión completa para 9 personas por 10 días a una empresa agrícola y forestal de los Ríos con residencia en Coyhaique, que en su momento fue prestada a la administradora del recinto con funcionamiento ilegal, la cual le debía pagar al tercero una suma de más de 300 mil pesos por concepto de IVA lo cual nunca le cancelaron ninguno de los participantes como arrendadores del recinto, ni la administradora ni su marido por lo cual el tercero solicitó la anulación del documento emitido con fecha 11 de mayo del 2019. Lo que da cuenta además de que el recinto tampoco emite por parte de su administración ningún documento legal del SII ya sea boleta o factura.
Según nos informan los entes fiscalizadores el hostal fuera de toda norma legal aún se encuentra en funcionamiento comercial y a la espera de nuevas y próximas acciones sancionadoras debido a su condición de funcionamiento comercial no autorizado por parte de la inspección municipal y Servicio de Salud Porvenir.
Informa: Hora Fueguina “La nueva manera de informar”
